El Juicio oral en el procedimiento abreviado

¿Qué es un Procedimiento Abreviado?

Un procedimiento abreviado es un tipo proceso penal que se utiliza para enjuiciar delitos menos graves que están castigados con una pena de prisión de hasta 9 años o con cualquier otra pena que no suponga la privación de la libertad. Se encuentra regulado en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) a partir del artículo 757.

Fases del procedimiento abreviado:

1.Fase de instrucción:

Instruir quiere decir investigar, es decir, el Juez intenta componer las “piezas del puzle” para determinar si de la denuncia o querella recibida se desprenden indicios de criminalidad hacia la persona/s que se acusa. Estas actuaciones de investigación se llevan a cabo bajo el nombre técnico de diligencias previas (art 774-779 LECrim).

Las Diligencias Previas tienen por objeto principal determinar la naturaleza y circunstancias del hecho, y las personas que en él hayan participado (STS 714/2006, de 29 de junio).

Esta fase se desarrolla ante el Juzgado de Instrucción correspondiente al partido judicial donde han tenido lugar los hechos que podrían ser constitutivos del delito. Su misión es la de recabar la mayor información posible que permita efectuar una acusación determinando las circunstancias y naturaleza del supuesto hecho delictivo, sus participantes y el órgano que deberá encargarse de juzgarlo.

2. Fase intermedia(art 780-784 LECrim):

El Juez debe decidir si abre juicio oral (existen indicios de criminalidad) o si sobresee (archiva) el procedimiento (no existen indicios de criminalidad).

2.1 Contenido del escrito de acusación en el procedimiento abreviado:

El escrito de acusación (art. 650 Lecrim) contendrá, en conclusiones precisas y numeradas:

  1. Los hechos punibles.
  2. La calificación legal de los mismos.
  3. El grado de participación delictiva del acusado o acusados.
  4. Las circunstancias agravantes, atenuantes o eximentes que concurran en el / los acusado /s y los hechos de los que las mismas se desprendan.
  5. Las penas que proceda imponer en función del grado de participación y de las circunstancias concurrentes

Y, además, el acusador particular (y el actor civil ) y el Ministerio Fiscal cuando sostenga la acción civil, expresarán:

La cantidad en que aprecien los daños y perjuicios causados por el delito, o la cosa que haya de ser restituida, o se fijarán las bases para su determinación posterior.

La persona o personas que aparezcan responsables de los daños y perjuicios o de la restitución de la cosa, y el hecho en virtud del cual hubieren contraído esta responsabilidad.

Los demás pronunciamientos sobre entrega y destino de cosas y efectos e imposición de costas procesales.

3.-Fase de juicio oral (art 785-789 LECrim):

La fase del juicio oral es el momento en que deben ponerse todas las pruebas (documental, declaraciones, testificales y periciales) “ sobre la mesa” para que el Juez decida sobre la culpabilidad o inocencia del acusado/s.

Esta fase se desarrolla bajo los principios de inmediación (íntima vinculación entre el Juez y los elementos probatorios) , contradicción ( confrontación de pruebas) , concentración (sin esperas) y publicidad (cualquier persona puede acudir al juicio).

Tras la práctica de las pruebas el Ministerio Fiscal (garante de la legalidad) y los abogados de la acusación y de la defensa deben exponer sus conclusiones sobre los hechos que consideren probados en juicio, calificación legal, participación del investigado/s , circunstancias atenuantes o agravantes, penas y responsabilidad civil (se ha causado un mal y hay que repararlo económicamente).

Por último, el investigado tendrá derecho a la “última palabra” y los Autos quedarán conclusos para dictar sentencia.

 

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1 comentario en “El Juicio oral en el procedimiento abreviado”

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